En esta ocasión vamos a hablar del sector turismo y su regulación, si tienes un hotel, motel, cabaña, o cadena seguramente esta información te servirá.
Recuerda que al final del post encontrarás un formulario de contacto para solicitar información, aclarar dudas o bien pedir cotizaciones.
Como hemos hablado en otros posts, el seguro de Responsabilidad Civil General es una de las pólizas más solicitadas por los negocios en general. Esto se debe a que en muchas ocasiones las regulaciones de seguridad de las secretarias o dependencias que las regulan exigen a las empresas y establecimientos contar con una protección que haga frente a posibles daños a terceros que se puedan provocar, producto de la actividad del negocio.
El sector turismo no es ajeno a esta demanda, de acuerdo con la NOM-007-TUR-2018 todo aquel prestador de servicios turísticos de hospedaje debe contar con una póliza de Responsabilidad Civil para cubrir a las personas que se hospedan dentro de sus inmuebles.
¿Cuales son las características que debe tener la póliza?
- Deben ser contratadas con compañías de seguros autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
- Mantenerla vigente y pagada.
- Estar en idioma español. Se puede contar con ella en otros idiomas, pero nunca debe faltar la versión en español.
- Poner la póliza de Responsabilidad Civil visible en la recepción.
¿Cómo debo asegurar?
La póliza debe ser como mínimo de Responsabilidad Civil para la actividad hotelera o de hospedaje. Se puede contar con una póliza empresarial que cubra el edificio y los contenidos, así como algunas otras opciones de cobertura, pero esta debe contar con la RC Hotelera.
La suma asegurada dependerá del número de habitaciones:
Valor UMA al 01/02/2022 = $ 96.22 (Este valor varía y debe ser consultado para actualizar las cifras)
- Prestadores de servicios turísticos de hospedaje con capacidad menor a 10 habitaciones deben tener una suma asegurada mínima de 1,580 UMA. Al día de hoy $152,027 de cobertura. Te recomendamos poner una suma asegurada mínima de $200,000 para futuras actualizaciones del UMA, esto no elevará demasiado el costo del seguro o incluso puede que sea el mismo costo por la poca diferencia de protección.
- Prestadores de servicios turísticos de hospedaje con capacidad menor a 40 habitaciones deben tener una suma asegurada mínima de 7900 UMA. Al día de hoy $760,138 de cobertura. Te recomendamos poner una suma asegurada mínima de $1,000,000 para futuras actualizaciones del UMA, esto no elevará demasiado el costo del seguro o incluso puede que sea el mismo costo por la poca diferencia de protección.
- Prestadores de servicios turísticos de hospedaje con capacidad de 40 habitaciones o más debe calcularse de la siguiente manera: 25% del total de número de habitaciones instaladas por 790 UMA el cual debe ser reinstalable para eventos subsecuentes. Un ejemplo sería el siguiente. Un hotel con 200 habitaciones, se saca el 25% de habitaciones, esto da como resultado 50, esto por 790 y luego por el valor del UMA.
50 * 790 * $96.22 = $3,800,690 (Se aconseja elevar la suma asegurada para futuras actualizaciones del UMA).
¿Qué datos requieren las aseguradoras para cotizar?
- Nombre o razón social
- Tipo de prestador de servicio de hospedaje (cadena, hotel, hotel boutique, motel, cabaña, etc.)
- Servicios que presta (spa, alberca, gym, bar, campos de golf, cancha de tenis, etc.)
- # de habitaciones o Suma Asegurada requerida
- Ingresos anuales del periodo inmediato anterior y estimado anual para el presente año (No siempre es necesario, solo algunas aseguradoras lo exigen).
Ahora ya sabes un poco más de que tipo de seguro requieres para poder operar tu negocio de hospedaje, si requieres de más información, orientación o alguna cotización, por favor contáctanos en el siguiente formulario: