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Bienvenidos sean, estimados lectores y visitantes, a la página oficial de HCid, corporación experta y líder en materia de seguros. El día de hoy tenemos el gusto de facilitarle información puntual y práctica acerca de un tipo muy importante de servicio: los seguros de gastos médicos. Hablamos de un tipo de seguros que ofrecen cobertura cuando hay lesiones, contusiones, heridas, dislocaciones, traumatismos, fracturas, luxaciones, enfermedades o incapacidad que aqueje la salud general del beneficiario, del asegurado.

Accidentes y enfermedades están a la vuelta de la esquina, nadie se encuentra exento de ellos y de ahí el surgimiento de este tipo de servicios. ¿Cómo funcionan los seguros? Todo seguro, como sabemos, es un contrato, es un convenio, entre el solicitante (a través del pago de la prima acordada) y la compañía aseguradora (cuyo servicio consiste en cubrir los costes hospitalarios, los estudios y análisis médicos, las operaciones, alimentos y medicinas a los asegurados, e inclusive a los individuos que dependan económicamente de él, según sea el caso específico acordado en la póliza aseguradora).

Existen diferentes planes (llamados también como paquetes) de aseguramiento. De modo que la cobertura está en relación directa con la contratación solicitada (por lo que se aconseja se revise y consulte cuidadosamente cada plan y elija el que mejor se ajuste a sus necesidades).

¿Cuáles son las asistencias más habituales, los beneficios generales de los seguros de gastos médicos? Habitación y servicio alimenticio (a elegir entre lo particular o privado y lo público). Una cama adicional (en los recurrentes casos de acompañantes del interno). Proporcionan todas las funciones de la enfermería (siempre garantizando servicios de primera calidad). Por supuesto, estudios clínicos de toda índole (análisis de laboratorio y análisis médicos).

Medicinas (sin importar lo difícil de su acceso económico). Costes determinados como “varios” o “contingentes” en los hospitales. Los honorarios y comisiones del personal de salud. Intervenciones quirúrgicas (más habituales de lo comúnmente pensado). Terapias de recuperación y reincorporación (punto que suele dejarse de lado en los seguros populares o de gobierno). Ambulancias y otros tipos de transporte de alta exigencia. Sesiones terapéuticas externas al hospital (que sin duda le serán de mucha ayuda).

¿Existen más ventajas adicionales, otros beneficios añadidos? Por supuesto, en relación al convenio realizado en la póliza con la empresa aseguradora, se puede proporcionar una cantidad monetaria (una suma económica) a los individuos designados (los herederos o favorecidos).

Hay la posibilidad también de proporcionar una suma en la lamentable (aunque factible) situación de incapacitación permanente ocasionada de modo accidental. Existe de igual forma una pensión en sucesos que devengan en una discapacidad momentánea, que dura los días de inactividad del beneficiario hasta su total rehabilitación y reinserción laboral. Es posible también (en caso de clientes que viajan bastante) una extensión del seguro a otros países (lo cual puede ser de mucha ayuda en largas estadías en sitios que nos resultan desconocidos).

Usted debe de conocer algunos puntos básicos sobre su seguro. Existe un espacio temporal de espera (especificado en la póliza misma) que sirve para implementar todo lo acordado a nuestros sistemas, durante ese plazo no tendrá validez la póliza, el seguro no dará cobertura.  Lo mismo sucede durante el caso preexistente o previo del malestar (o enfermedad). Es importante (lo sugerimos) se lea con mucha atención y tiempo la póliza. Que todas las dudas que tenga las exponga de modo tal que no tenga ninguna reserva en el momento de cerrar el trato.

Ahora expondremos breve y sustancialmente las modalidades de indemnización por parte de la aseguradora. Primeramente existe algo llamado pago directo, y consiste en que el beneficiario aporta el deducible y la compañía de seguros se encarga de saldar la cuenta del médico y del hospital. Igualmente existe la forma del rembolso, aquí es el asegurado el que costea los montos médicos y después, solicita el reembolso (literal) a la corporación de seguros.  Apenas y es necesario mencionar que para que el trámite sea totalmente efectivo y legal, los datos dados deben de ser verdaderos y constatados.

Por otro lado le recomendamos se asegure de que las siguientes cláusulas aparezcan en su contrato: el monte total a reclamar por evento, por espacio temporal o vida. Vigile que la suma sea la misma tras cada periodo de revisión. Revise que se incluya con toda claridad la cobertura a procesos de operaciones estéticas, de odontología y oftalmología, surgidos a partir de sucesos accidentales.

Como ya sabemos hay actividades deportivas que se consideran sumamente riesgosas (motivo por el cual son automáticamente excluidas de las aseguraciones), pero si usted las ejerce con relativa frecuencia, recuerde que pueden ser pagadas con una extraprima (un monto adicional a considerar). Es importante que su póliza trate o cubra las enfermedades consideradas como severas y crónicas, tales como el cáncer o el sida. Otro dato importante, relevante, que usted deberá revisar con detalle, es que si cambia de aseguradora revise que le van a respetar sus condiciones y  desarrollo de antigüedad.

Usted puede realizar su pago de modo mensual o trimestral, o cada semestre, o cada año. Los plazos deben de adaptarse a sus posibilidades de pago, para que así siempre vaya al corriente con sus primas y esté con la totalidad tranquilidad de que se encuentra bajo los beneficios de los seguros de gastos médicos.  Agradecemos su atención y tiempo de lectura. Lo invitamos se acerque a resolver sus dudas más puntuales a la página oficial de HCid. Lo atenderemos con sensibilidad, gusto y total transparencia. Le deseamos una excelente tarde.

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